Ajuste Trimestral a las Tarifas Finales de los Usuarios

De acuerdo a lo que establece el Reglamento de Ley General de Electricidad en su artículo 87, corresponde a la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE) calcular el ajuste trimestral tarifario, con base a la diferencia entre costos proyectados inicialmente y los costos reales de compras de energía y potencia realizados por las distribuidoras durante los meses de abril a junio de 2019; dicha diferencia se traslada como un ajuste a las tarifas que aplicaran para el trimestre del 1 de agosto al 31 de octubre de 2019.

Variables que inciden en los costos de suministro que integran las tarifas

En términos generales, es posible indicar que para el cálculo del presente ajuste trimestral, los costos por compras de potencia y energía que realizan las distribuidoras para abastecer a sus usuarios, se vieron afectados por el comportamiento de ciertas variables que incidieron  en los costos de generación; tales como:

  1. La sequía que ha estado afectando la producción hidroeléctrica, sustituyéndose la misma por una mayor generación de energía con centrales térmicas, resultando en costos de producción mayores,
  2. Lo indicado en el inciso anterior ha tenido incidencia en el precio SPOT de la energía en el Mercado Mayorista, presentando un incremento interanual del 32% respecto a los costos del año anterior, para el mismo trimestre de costos analizado,
  3. El tipo de cambio sigue manteniéndose en valores con un sensible incremento en relación a los valores históricos.

Sin embargo, a pesar del efecto de las contingencias antes indicadas, ha sido posible amortiguar los impactos en el aumento de los costos de suministro en cierta medida, dado el grado de diversificación de la matriz energética nacional, en la que se cuenta con diversas tecnologías de generación renovable y térmica, toda vez que permite seguir garantizando el suministro eléctrico, dentro de un margen de estabilidad de precios. Por esta razón, esta Comisión, resalta la importancia de continuar avanzando en la diversificación de la matriz energética y el desarrollo de proyectos de generación con recursos renovables, de acuerdo a la Política Energética 2013-2027 establecida por el Ministerio de Energía y Minas.

Tarifas para Distribuidora de Electricidad de Occidente, S.A. –DEOCSA-

La reciente aprobación de los nuevos pliegos tarifarios quinquenales para DEOCSA (2019-2024), a partir del primero de julio del presente año, resultó en la reducción del cargo fijo que pagan los usuarios de Q5.13 al mes (sin IVA), así como de entre 4 y 5 centavos de quetzal (sin IVA) el costo del kilovatio-hora, aproximadamente, tanto para los usuarios de tarifa social como de tarifa no social (BTS y BTSS), tal como se presenta en el siguiente cuadro:

*Para más información, ver: http://www.cnee.gob.gt/xhtml/Prensa/BoletinEVADEnerguate02Jul19.pdf

Así mismo derivado de las variaciones por costos de compras de energía y potencia antes indicados, que deben aplicar en las tarifas para el siguiente trimestre (agosto – octubre 2019), presentan estabilidad tal como puede apreciarse en el siguiente cuadro:

Tarifas para Distribuidora de Electricidad de Oriente, S.A. –DEORSA-

La reciente aprobación de los nuevos pliegos tarifarios quinquenales para DEORSA (2019-2024), a partir del primero de julio del presente año, resulto en la reducción del cargo fijo que pagan los usuarios de Q5.47 al mes (sin IVA), así como de 4 centavos de quetzal (sin IVA) el costo del kilovatio-hora, aproximadamente, tanto para los usuarios de tarifa social como de tarifa no social (BTS y BTSS), tal como se presenta en el siguiente cuadro:

*Para más información, ver: http://www.cnee.gob.gt/xhtml/Prensa/BoletinEVADEnerguate02Jul19.pdf

Así mismo derivado de las variaciones por costos de compras de energía y potencia antes indicados, que deben aplicar en las tarifas para el siguiente trimestre (agosto – octubre 2019), presentan estabilidad tal como puede apreciarse en el siguiente cuadro:

Tarifas para Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. -EEGSA-

Para EEGSA, las variaciones por costos de compras de energía y potencia antes indicados, que deben aplicar en las tarifas para el siguiente trimestre (agosto – octubre 2019), presentaron variaciones moderadas  tal como puede apreciarse en el siguiente cuadro:

Resultados en la Tarifa Social

Para la Tarifa Social, que se aplica a 2.8 millones de familias guatemaltecas, equivalente al 94% de usuarios del país, se presentan variaciones entre medio centavo a dos centavos y medio de quetzal por kilovatio-hora, sin embargo, para los usuarios de  DEOCSA y DEORSA, las facturas presentaran reducciones de hasta 6 quetzales al mes para el cargo fijo y de hasta 4 centavos de quetzal por kilovatio-hora en las tarifas que no le aplique el aporte del INDE, respecto los valores aprobados en abril 2019. Cabe indicar que los usuarios de Tarifa Social de todo el país, que tengan un consumo mensual hasta 100 kilovatio-hora (aproximadamente 1.7 millones de familias guatemaltecas, equivalente al 60% de usuarios del país), son beneficiados con un descuento en su facturación, resultado de la aplicación del “Aporte a la Tarifa Social INDE”, de acuerdo a los criterios definidos por el Instituto Nacional de Electrificación – INDE –.

Resultados en la Tarifa No Social -BTS-

Las Tarifas No Sociales, que se aplican al 6% de usuarios del país, se presentan variaciones entre medio centavo a tres centavos de quetzal por kilovatio-hora; sin embargo, para los usuarios de  DEOCSA y DEORSA, las facturas presentaran reducciones de hasta 6 quetzales al mes para el cargo fijo y de hasta 4 centavos de quetzal por kilovatio-hora en las tarifas BTS, respecto los valores aprobados en abril 2019.


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